Sala Constitucional ordena revisar caso de exjuez Vallecillo
La resolución fue adoptada tras considerar que existieron deficiencias en la fundamentación jurídica de la decisión impugnada, particularmente en aspectos vinculados al derecho de defensa, el debido proceso y la adecuada respuesta a los argumentos planteados por la representación legal de Vallecillo.

27 de junio de 2026
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia resolvió otorgar un recurso de amparo a favor del exjuez Marco Antonio Vallecillo Banegas, una decisión que deja sin efecto una resolución previa y obliga a la Corte de Apelaciones a emitir un nuevo pronunciamiento relacionado con la medida de prisión preventiva que enfrenta el exfuncionario judicial.
Marco Antonio Vallecillo fue sometido a proceso judicial por una acusación de presunta extorsión. A lo largo del caso, su defensa promovió diversos recursos argumentando irregularidades procesales, entre ellas la falta de análisis sobre la figura del antejuicio. La reciente resolución constitucional no pone fin al proceso penal, pero sí obliga a una nueva revisión judicial de las medidas cautelares y de otros aspectos cuestionados por la defensa.
La resolución fue adoptada tras considerar que existieron deficiencias en la fundamentación jurídica de la decisión impugnada, particularmente en aspectos vinculados al derecho de defensa, el debido proceso y la adecuada respuesta a los argumentos planteados por la representación legal de Vallecillo.
Según el fallo, el tribunal de alzada deberá realizar una nueva valoración y emitir una resolución debidamente motivada, analizando puntos que, de acuerdo con la Sala Constitucional, no fueron abordados de manera suficiente en la decisión anterior. Entre ellos figuran los planteamientos relacionados con la aplicación del antejuicio y la posibilidad de considerar medidas cautelares distintas a la prisión preventiva.
El caso de Vallecillo ha generado atención pública desde que fue procesado por presuntos delitos de extorsión. Durante la revisión constitucional, los magistrados también examinaron si los hechos atribuidos al exjuez guardaban relación con actuaciones realizadas mientras ejercía funciones jurisdiccionales, aspecto que podría tener incidencia en la aplicación de garantías procesales especiales previstas para operadores de justicia.
No obstante, la Sala aclaró que su determinación no representa un pronunciamiento sobre la culpabilidad o inocencia del acusado, ni constituye una resolución sobre el fondo de la causa penal. El fallo se limita a corregir aspectos de carácter constitucional relacionados con el procedimiento seguido hasta ahora.
Con esta decisión, el expediente retornará a la Corte de Apelaciones competente, instancia que deberá emitir una nueva resolución ajustada a los criterios establecidos por la Sala de lo Constitucional y respetando las garantías procesales señaladas en el fallo.










