Proponen elevar a L 300,000 el límite de la Tasa de Seguridad
Su aplicación contempla contribuciones sobre determinadas operaciones financieras, conforme a las disposiciones legales vigentes.

12 de octubre de 2026
Una iniciativa presentada ante el Congreso Nacional busca ampliar de 150,000 a 300,000 lempiras el límite establecido para determinadas transacciones financieras de personas naturales sujetas al cobro de la Tasa de Seguridad Poblacional. La propuesta pretende beneficiar a más usuarios del sistema bancario, pero todavía debe completar el proceso legislativo para entrar en vigor.
La Tasa de Seguridad Poblacional fue creada para recaudar recursos destinados al financiamiento de programas e instituciones vinculados con la seguridad, la defensa y la prevención del delito. Su aplicación contempla contribuciones sobre determinadas operaciones financieras, conforme a las disposiciones legales vigentes.
El diputado nacionalista Juan Carlos Lagos presentó la iniciativa con el propósito de modificar el límite aplicable a ciertas transacciones realizadas desde cuentas de ahorro de personas naturales.
Actualmente, el rango señalado en la propuesta es de hasta 150,000 lempiras, asociado a un cobro de dos lempiras por cada millar.
Con la reforma, ese monto de referencia se elevaría a 300,000 lempiras, aunque el alcance definitivo dependerá del contenido aprobado por el Legislativo.
El parlamentario explicó que la iniciativa fue presentada ante el pleno y que deberá continuar el trámite correspondiente en la Secretaría del Congreso Nacional antes de avanzar en su discusión.
Por ahora, la medida no representa un cambio inmediato para los usuarios bancarios, ya que la normativa vigente continuará aplicándose mientras no se apruebe la reforma.
La propuesta abre nuevamente el debate sobre el alcance de los cobros vinculados con las operaciones financieras y sus efectos en la economía de los ciudadanos. Su eventual aprobación determinará cómo se aplicará el nuevo límite y qué personas podrán beneficiarse de la modificación.










