top of page
02 Honduras al 100_W CM_Banners HN_Voluntariado_928x250.png

Poder Judicial aclara sanción al juez Plinio Consuegra no es de orden jurisdiccional

El comunicado subraya que esta sanción no tiene relación alguna con decisiones judiciales de fondo ni con ningún caso penal en particular, sino que responde exclusivamente a una gestión preventiva disciplinaria basada en declaraciones públicas brindadas por abogados y detectadas por la Supervisión General.

27 de junio de 2025

El Poder Judicial de Honduras informó a la ciudadanía sobre la resolución disciplinaria D-48-2025-4 que sanciona al juez de Letras Penal, Plinio Leonel Consuegra Mondragón, con suspensión de su cargo por tres meses. La medida fue impuesta tras determinarse que el juez incurrió en faltas durante una audiencia judicial realizada a inicios de 2025, al desnaturalizar el proceso, vulnerar principios de objetividad procesal y desatender normas éticas.

 

El Poder Judicial de Honduras emitió un comunicado el 26 de junio de 2025 para aclarar la naturaleza de la sanción disciplinaria impuesta al juez de Letras Penal, Plinio Leonel Consuegra Mondragón. La medida consiste en una suspensión de tres meses por conducta indebida durante una audiencia en enero de 2025, la cual incluyó la vulneración de principios procesales y una inobservancia de normas éticas y procesales. La institución enfatiza que la sanción no está relacionada con ninguna resolución judicial emitida por el juez ni con casos penales en curso, sino con su comportamiento procesal.

 

Además, aclara que esta sanción es independiente de otra anterior, aplicada en 2024 por un retardo en la administración de justicia, y que ambos procesos no están conectados.

El juez mantiene su derecho a apelar ante el Consejo de la Carrera Judicial.

 

El comunicado subraya que esta sanción no tiene relación alguna con decisiones judiciales de fondo ni con ningún caso penal en particular, sino que responde exclusivamente a una gestión preventiva disciplinaria basada en declaraciones públicas brindadas por abogados y detectadas por la Supervisión General.

 

También se distingue esta sanción de una anterior impuesta en 2024, que fue de un mes por retardo injustificado en otro proceso judicial. Se garantizó al juez el derecho al debido proceso, su defensa, y se le habilita el recurso de apelación ante el Consejo de la Carrera Judicial.

 

Finalmente, el Poder Judicial reafirma su compromiso con la transparencia, la legalidad y el fortalecimiento institucional, destacando que las sanciones disciplinarias buscan mejorar el desempeño de los servidores judiciales y no responden a intereses externos.

bottom of page