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Corte De Apelaciones En Materia De Criminalidad Organizada Ratifica Prisión Preventiva Para Abogados Marco Vallecillo Y Nelson Sierra

La Corte de Apelaciones con Competencia Nacional en materia de Criminalidad Organizada, Medio Ambiente y Corrupción, por unanimidad de votos, confirmaron el Auto de Formal Procesamiento con la Medida de la Prisión Preventiva para los abogados Marco Antonio Vallecillo Banegas y Nelson Omar Sierra Flores por el delito de Extorsión.

9 de octubre de 2024

La Corte de Apelaciones con Competencia Nacional en materia de Criminalidad Organizada, Medio Ambiente y Corrupción, por unanimidad de votos, confirmaron el Auto de Formal Procesamiento con la Medida de la Prisión Preventiva para los abogados Marco Antonio Vallecillo Banegas y Nelson Omar Sierra Flores por el delito de Extorsión.

 

Los Magistrados declararon NO HA LUGAR los recursos de apelación interpuestos por las Defensas Privadas de los procesados, por lo que confirmaron la resolución recurrida que fue dictada por el Juzgado de Letras en materia de Criminalidad Organizada, Medio Ambiente y Corrupción el pasado 24 de agosto.

 

En su fundamentación jurídica, el Tribunal de Alzada dijo que “el procesado Marco Antonio Vallecillo Banegas no cometió el delito imputado en el ejercicio de sus funciones como juez, ya que está siendo acusado por el delito de Extorsión, que no se ha cometido en el conocimiento de una causa penal sometida a su conocimiento como Juez, sino sobre una situación ajena a la esfera de la jurisdicción”.

 

Según lo recurrido en el Recurso de Apelación, los Magistrados indican en su resolución que “dado que las acciones del juez no están directamente relacionadas con el ejercicio de sus funciones, ya que la supuesta causa en el momento de los hechos aún se encontraba en el ámbito administrativo, la causa aún no había sido sometida al conocimiento del juzgado, por ello el proceso penal iniciado contra el procesado no requiere que se promoviera el antejuicio”.

 

Las defensas de los imputados sostuvieron en sus recursos que el Ministerio Público no proporcionó pruebas que acrediten la comisión del delito imputado. Consideran ambas defensas que no se ha probado plenamente la existencia del delito de extorsión atribuido a sus representados, centrándose en la falta de dos elementos esenciales: intimidación y ánimo de lucro.

 

Según el requerimiento fiscal, Vallecillo Banegas y el abogado Sierra Flores habrían recibido tres millones de lempiras de parte de un testigo protegido con la finalidad de evitar un proceso penal en su contra.

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